Registro de Auditores

¿Qué es el Registro?

Por el artículo 124 de la Ley Nº 70, se establece que la Sindicatura General puede contratar estudios de consultoría y de auditoría bajo específicos términos de referencia, reservándose la planificación y control de los trabajos a efectuar, así como el cuidado de la calidad del informe final. Los profesionales en forma individual u organizados en firmas de auditoría o consultoría deberán necesariamente estar inscriptos en el registro central.

Asimismo el artículo 130, inciso 6° del mismo cuerpo normativo, establece entre las atribuciones y responsabilidades del Sindico/a General es la de efectuar contrataciones de personal, para la realización de trabajos específicos o extraordinarios que no pueden ser realizados por su planta permanente, fijando su retribución y condiciones de trabajo.

En consecuencia, se dicto la Resolución N° 45-SGCBA/06 en la que se ha creado un Registro de Auditores y Consultores Externos de la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires.

Los estudios, firmas y consultoras y profesionales independientes especializados que quieran inscribirse en el Registro Permanente de Auditores y Consultores Externos de la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, deberán solicitar su inscripción por nota a el/la Síndico/a General de la Ciudad de Buenos Aires, acompañada de todos los elementos que se precisan, y detallando su especialización dentro de la solicitud, documentando en todos los casos los antecedentes requeridos.

Asimismo deberá entregarse en soporte magnético el detalle de la documentación mencionada en el párrafo anterior y la presentación realizada.

 

Normativa
Resolución 37-SGCBA/2009
Resolución 56-SGCBA/2010
Resolución 76-SGCBA/2010

Ver Registro

 

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